martes, 13 de septiembre de 2011

Faltan criterios estéticos en puesta de letreros urbanos

Se observan en el centro de la ciudad, gigantografías, banners y afiches sobrepuestos unos con otros sin aparente criterio estético. La publicidad ha reemplazado la estructura de las edificaciones y construcciones, ahora difíciles de apreciar. Esta realidad no es desconocida para el Colegio de Arquitectos que poco o nada puede hacer al respecto; las autoridades aún no definen posición y una oficina municipal de reciente creación verifica que más del 80 por ciento de los anuncios en el centro son ilegales.
Franz Serrano García, primer vocal del colegio de arquitectos, aclara que esa institución ni siquiera aprueba proyectos urbanos porque toda la tuición ha pasado al Concejo Municipal.
Serrano dice que el municipio no tiene un reglamento que contemple como base el cuidado de la estética urbana, lo único que se hace es no trasgredir en exceso. Señaló que es evidente que existe un exceso en las dimensiones de los letreros, en el uso de la iluminación y en el efecto 'desagradable' que provoca en el peatón ver sólo letreros y no la infraestructura existente en las principales calles.
Sin embargo, existe un reglamento, una ordenanza municipal, la 4073/2010, de publicidad exterior que contempla 14 capítulos, 75 artículos y nueve disposiciones para permitir el uso de espacio público, imagen y calidad del medio.
La Comisión Segunda del Órgano Deliberante es la encargada de tratar el tema de urbanismo y, por consiguiente, fiscalizar el cumplimiento de dicha ordenanza; sin embargo, la concejal Ninoska Lazarte, miembro de esa comisión, dijo que el tema de la publicidad en las calles y sobre todo en el centro de la ciudad, aún no ha sido tratado, debido a que no se recibió denuncia específica sobre transgresión a la norma vigente y porque la comisión ha estado muy ocupada tratando diversos temas como la ordenanza para los animales y las fiestas septembrinas. Una vez pase lo urgente, se analizará el tema de la estética urbana.
En tanto, la presidenta del Órgano Deliberante, María Isabel Caero, admitió que si bien existen normas, no se ejerce el control necesario para su cumplimiento. Recordó, sin embargo, que junto a la dirección de Patrimonio dependiente del Ejecutivo se está trabajando en profundizar el reglamento vigente.
Caero, de profesión arquitecta, mencionó también que hay dos visiones en confrontación en el tema de la estética urbana referida en cuanto a publicidad; por un lado, existe la intención de respetar y no contaminar visualmente el centro de la ciudad; por otro, hay una visión que quiere establecer una visualidad semejante a las ciudades modernas de Nueva York o Washington, donde la agresión de luces, colores, cambios, es habitual.
Para Caero, la diferencia de visiones, indudablemente es respetable, pero sostiene que es importante ejercer diálogo en este aspecto para llegar a un sano equilibrio proyectado a la estética urbana, en armonía con los habitantes y bajo una reglamentación adecuada para la publicidad sin afectar el interés empresarial.
Un ejemplo de estética y manejo equilibrado de letreros y anuncios se da en la ciudad de Sucre que, ante todo, mantiene su estilo colonial. Contrariamente, la capital oriental de Santa Cruz utiliza colores fuertes en paredes citadinas. La tarea, en base a estos ejemplos, es definir la línea estética para la Cochabamba ciudad.
80% de la publicidad es ilegal
Marco Antezana es jefe del Departamento de Publicidad Externa, de reciente creación por la gestión actual, que trabaja de manera coordinada con la Intendencia Municipal para eliminar la publicidad sobre las aceras y calzadas. Otro de los trabajos que se viene realizando según Antezana es el relevamiento o inventario de los letreros, gigantografias y anuncios existentes en el centro de la ciudad. Los primeros registros revelan que más del 80 por ciento de toda la publicidad callejera es ilegal y vulnera la norma vigente.
Pese a esa confirmación, el Departamento de Publicidad Externa no puede hacer mucho para regularizar la publicidad. De acuerdo a Antezana se ha estado publicando a través de anuncios en el periódico a empresarios y propietarios para que pasen por ese departamento a regularizar su situación porque una vez que toda la información esté en regla se procederá a la clausura y la eliminación de toda la publicidad callejera que no cuente con permiso y que no pague la patente.
Acceso a Permisos
• De acuerdo a la resolución ejecutiva 120, las comunas no tienen tuición para dar permisos de publicidad una vez que se ha creado el Departamento de Publicidad Externa.

• Los requisitos para acceder a un permiso están en función al tipo de publicidad, tamaño, letreros luminosos y no luminosos, vallas camineras, pantallas digitales, tótems, carteleras, etc.

• Para el anuncio más sencillo se pide la presentación de un memorial dirigido al Alcalde, licencia de funcionamiento vigente, fotografías, y otros que se detallan en el departamento en cuestión.

• El memorial y los documentos base se presentan por ventanilla única ubicada en la plaza principal. Ésta deriva, en un día, al Departamento de Publicidad todo el trámite y el interesado debe acudir a esta oficina para ver que todo esté en orden y fijarse la fecha de inspección.

• Se hace la inspección y un informe para ver si es o no procedente la solicitud. De ser procedente, el contribuyente cancela los valorados al derecho de inspección y paga el cartón que es 60 bolivianos.

• De acuerdo al reglamento vigente todos los letreros emplazados en propiedad pública o privada necesitan de autorización.
Reglamento Básico
• De acuerdo al artículo 20 de la ordenanza 4073/2010 se permite publicidad en los siguientes espacios públicos: en centros y abastecimientos, mercados y lugares donde se realizan ferias semanales o periódicas, mientras duren las mismas bajo el formato de publicidad eventual.

• En mobiliario urbano ubicado en vías públicas, plazas y plazuelas públicas, parques infantiles y temáticos cuyas características serán descritas en el inciso D del artículo 26 del presente reglamento.

• Artículo 23 sobre ubicaciones prohibidas: Se prohíbe publicidad en predios y bienes municipales, en la infraestructura vial, distribuidores vehiculares, islas y cruces peatonales, jardineras y bandejas centrales de vías, en franjas de dominio municipal, en templos dedicados al culto de cualquier religión, en centros educativos, hospitales y otros.